2.1.4 Legitimidad de la Soberanía Española

En la junta de Burgos de 1512, se ventiló otro problema unido estrechamente al de la naturaleza de los indios, éste se refería específicamente a los derechos de la Corona española sobre el continente descubierto

Así como ya existía, por tradición una teoría europea del hombre, también se había desarrollado una concepción de derecho del dominio, abordado desde la relación de cristiandad con los infieles. Uno de los pensadores sobresalientes en este asunto fue Enrique de Susa (fallecido en 1271), mejor conocido como el Ostiense.

Enrique de Susa sostenía que el Papa es vicario universal de Jesucristo y, por consiguiente, tiene potestad, no sólo sobre los cristianos, sino también sobre todos los infieles. Después de la venida de Cristo, los títulos que pudieran tener los infieles por derecho natural o de gentes desaparecieron, recayendo el poder temporal en el pontífice de Roma. Y podía, cuando lo estimara necesario, reclamar la potestad sobre los infieles. Hubo quienes combatieron el tono radical de estas doctrinas, tal es el caso de Santo Tomás de Aquino (1225-1274), quien observó que el derecho y la prelación se introdujeron por derecho humano; en cambio, la distinción entre fieles e infieles era derecho divino. El derecho divino, que proviene de la gracia, no niega al derecho humano, fundado en la razón natural. Por lo tanto, la distinción entre fieles e infieles, considerada en sí misma, no es razón suficiente para justificar el dominio de los primeros sobre los segundos. El derecho natural y de razón, son patrimonio de todos los hombres. En el siglo XVI, Palacios Rubios, influido por el Ostiense, sostuvo, al opinar en la mencionada Junta de Burgos que Cristo fue el soberano en el sentido espiritual y temporal, y delegó estas facultades en el Papa. Por tal motivo, los reinos de los infieles no gozan de independencia frente a la sede romana, y están obligados a someterse si ésta así lo desea. En esta circunstancia, las posesiones de los infieles sólo tenían el carácter de tenencia momentánea, hasta que el Papa reclame sus derechos

Incluso, Palacios Rubios elaboró un “ requerimiento “ que los conquistadores españoles deberían leer a los habitantes del Nuevo Mundo. En el se hacía, primeramente, un resumen de la religión cristiana, para que los infieles supieran quiénes eran Cristo y el Papa y los derechos que detentaban para exigirles la sujeción a su poder. Después, se les dice que todos los hombres son prójimos porque descienden de Adán, y se les pide reconocer a la iglesia y al Papa, al rey y a la reina como poseedores de estas tierras por donación papal.

Posteriormente se les advierte que si se someten voluntariamente serán recibidos con amor y caridad, y se respetarán a sus mujeres, hijos y propiedades. No se les obligará a volverse cristianos, y quien quiera serlo, lo será por voluntad propia, pero si se niega a someterse, los soldados, con la protección de Dios, los combatirán, serán esclavizados y ya en su condición de esclavos, se venderán.

Ante esta doctrina, se levanta la teoría de fray Francisco de Vitoria, ciertamente vinculada a la de Santo Tomás de Aquino. De Vitoria se opone al título que Carlos ostenta como emperador, dueño y soberano de las indias. También niega el dominio, potestad temporal y civil del Papa sobre el Nuevo Continente, sus indios y demás fieles. La potestad temporal del Papa es de orden espiritual y no material, aunque ésta tenga como finalidad liberarlos del pecado.

En cuanto al emperador, critica con dureza al derecho de conquista. Dice, de los españoles que navegan hacia tierras americanas, ningún derecho llevan consigo para ocuparles sus provincias, pues ninguna injuria le hicieron a la república; por tal motivo, no existe causa alguna para una guerra justa. Las ideas de fray Francisco de Vitoria fueron tan agudas y certeras que el mismo rey Carlos V, prohíbe la continuación de las discusiones sobre el continente descubierto y la autoridad del Papa. El avance de la controversia, referida a la legitimidad de la soberanía española, se reflejó en algunas modificaciones políticas e institucionales. Se abandonó el “ requerimiento “. Las ordenanzas de Felipe II (1573), sustituyeron el concepto “conquista “ por el de “pacificación“.

Después, en la Recopilación de las leyes de indias de 1680, se prohíbe la guerra contra los indígenas, ya sea con fines económicos o políticos. Sin embargo, una cosa era lo que se ordenaba y otra lo que se hacía. Las intenciones institucionales chocaron con las ambiciones de quienes se encargaban de las actividades colonizadoras:

El indio podía ser libre dentro del marco del pensamiento y de la ley de España, pero el goce de esa franquicia se vería contrariado por obstáculos poderosos de orden social. Sin embargo, las ideas de libertad y protección de los nativos formaron parte inseparable de ese complejo cuadro histórico, como atributos de la conciencia española en América.53

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En función de lo leído en páginas anteriores, contesta las siguientes preguntas.

  1. ¿Cuál es el papel que desempañan los intelectuales en la conquista del Nuevo Mundo?
  2. ¿Existe la neutralidad ideológica?
  3. ¿Se puede afirmar actualmente que hay razas y hombres, por naturaleza, superiores e inferiores?
  4. Actualmente se puede afirmar o demostrar que pueda haber unas culturas superiores a otras o que tan sólo podemos hablar de diferencias culturales?
  5. Es legítimo el derecho de conquista?
  6. El derecho de conquista es una acto de barbaridad?

53 Zavala, Silvio.Op.cit., p.38.

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El sojuzgamiento de sociedades débiles por otras más poderosas ha sido frecuente en la historia de la humanidad, y para ello se han utilizado muchos recursos. Uno de ellos lo constituye el armamento, el cual no es suficiente para ganar la guerra. Falta el elemento ideológico, la justificación teórica que fortalezca la conciencia y el ánimo. Este elemento lo aportaron los intelectuales, quienes se encargaran de argumentar, sistemática y racionalmente, a favor del vencedor o del vencido.

En la antigüedad, la distinción entre hombre de razón y bárbaros explicaba el sojuzgamiento; en la Edad Media, por las diferencias de credos religiosos, fieles e infieles, y en la época moderna, por las diferencias racionales y de organización política. Al respecto, recordaremos las pretensiones de Alemania por dominar al mundo en nombre de una raza superior. En la actualidad, Estados Unidos ha invadido países como Panamá o Iraq, irguiéndose como el paladín de los “ países libres “. Lo cierto es que, desde la antigüedad, los motivos de guerra son casi siempre de carácter económico, pero los países belicistas los encubren apoyándose para ello en filosofías reducidas a simples ideologías.

Sin embargo, independientemente de la manera que se haya o no justificado la conquista, es claro que en la problemática filosófica del México colonial en los siglos XVI y XVII, son de destacar el problema del humanismo mexicano que desarrolla la problemática de la naturaleza de los indígenas, la incorporación de los indígenas a la cultura española y la legitimidad de la soberanía española. Humanismo del cual son significativos representantes cristianos Vasco de Quiroga, Bartolomé de las Casas y, su opositor Juan Ginés de Sepúlveda.

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