1.2.4 LAS FORMAS A PRIORI DEL ENTENDIMIENTO
Al igual que las formas de la sensibilidad, existen estructuras a priori del entendimiento que permiten al sujeto enunciar juicios (u opiniones) y construir argumentos (discursos), acto judicativo y discursivo. Esto lo expresa Kant en su Analítica Trascendental, que es una de las partes de los capítulos de la razón pura considerando la existencia de 12 categorías que dan origen y fundamentan los diferentes clases de juicios que tenemos para conocer.
El entendimiento, según Kant, se puede considerar como “… una facultad no sensible de conocimiento… no es una facultad de intuición…”,2 y los modos de conocer sólo pueden ser, o por medio de la intuición de los sentidos, o por conceptos, de tal manera que el entendimiento conoce por conceptos, de modo discursivo; lo que el entendimiento hace es juzgar por medio de ellos( un juicio es la forma a través de la cual enunciamos si algo es verdadero o falso).
Para Kant, el juicio es “el conocimiento mediato de un objeto”.3 En cada juicio existe un concepto que puede aplicarse a muchos, y entre ellos se encuentra comprendido una representación dada que se refiere inmediatamente al objeto. Por ejemplo, en el enunciado “toda silla es mueble”, el concepto mueble comprende distintas clases de objetos, y silla es una de las clases comprendidas, siendo ella misma una representación inmediata de un conjunto de objetos. Así, el juicio es “función de la unidad entre nuestras representaciones”.4 En este sentido, el entendimiento se puede considerar como “la facultad de juzgar”5.
El pensar es anterior al juzgar, pues pensar significa conocer por los conceptos. Los conceptos se refieren, como posibles predicados, a la representación de un objeto demanera indeterminada, como gas, mesa, elemento, fuerza, libro, etc. Éstos suponen diferentes grados de generalidad o particularidad.
Si hacemos abstracción de todo contenido de un juicio y nos referimos sólo a la mera estructura del entendimiento, tendremos cuatro criterios para clasificar los juicios y notaremos que en cada uno de ellos estarán comprendidas tres fases:
- Cantidad de los juicios: universales, particulares y singulares.
- Cualidad de los juicios: afirmativos, negativos e infinitos.
- Relación de los juicios: categóricos, hipotéticos y disyuntivos.
- Modalidad de los juicios: problemáticos, asertóricos y apodícticos.
La cantidad se refiere a la magnitud de los juicios, tomándolos como conocimientos
generales en relación únicamente con su magnitud.
2 Kant, Emmanuel: Crítica de la razón pura, p. 65
3 Idem
Idem 5 Idem, p. 66.
La cantidad de un juicio se refiere al número de individuos o clases representados en el sujeto del mismo. En este sentido, los juicios universales son posibles en función de la categoría de la unidad, que consiste en decir que todos los S son P, por ejemplo: “Todos los mamíferos son vertebrados”, los juicios particulares se establecen en función de la categoría de Pluralidad y consiste en decir que: algún S es P, por ejemplo: “Algunos vertebrados son peces”, y los juicios singulares se formulan según la categoría de totalidad como este S es P, por ejemplo: “Este ser es animal”.
La cualidad del juicio se refiere la posibilidad de atribución u oposición entre el sujeto y el predicado, los juicios se clasifican como: juicios afirmativos si se estructuran de acuerdo con la categoría de realidad como todo S es P, por ejemplo: “Todo felino es mamífero”; juicios infinitos si se enuncian según la categoría de limitación como todo S es no P; en ellos se manifiesta la intención de limitar la “esfera infinita de todo lo posible”6. Por ejemplo, si en lugar de decir: “Los batracios no son vertebrados”, se enuncia: “Los batracios son invertebrados”, en el primer caso tendríamos una negación pero en el segundo tendremos una afirmación, aunque se está afirmando un predicado negativo, situando al sujeto en la extensión restante a vertebrado, por lo que los juicios infinitos sólo son limitativos del contenido del conocimiento en general.
La relación se refiere a las formas en que se da la conexión del pensar en los juicios, que pueden ser:
a) del predicado al sujeto b) del fundamento con las consecuencias c) del conocimiento dividido y de todos los miembros de la división entre sí.
La primera se refiere a los juicios simples como: “Todo metal es conductor de electricidad”. Se denominan juicios categóricos pues se conforman según las categorías de sustancia y accidente. La segunda se refiere a las proposiciones hipotéticas que se forman a partir de la relación de consecuencia entre ambos, por ejemplo: “Si se califican estrictamente en todas las materias, sólo acreditan los estudiosos”. Las proposiciones que componen este enunciado no quedan especificados en su verdad, pues lo importante es la relación de consecuencia, y si se sigue la segunda de la primera, como si S, entonces P. la tercera corresponde a los juicios disyuntivos, que expresan una relación de oposición lógica, donde una de las proposiciones excluye a la otra aunque juntas representan la esfera del conocimiento propio. Por ejemplo: “Los seres vivos o son vertebrados o son invertebrados”.
Cada proposición representa una parte de la esfera del conocimiento posible acerca de los seres vivos.
La modalidad de los juicios se refiere al valor de la cópula en relación con el pensar en general7. Los juicios problemáticos “son aquellos juicios en los cuales el afirmar o negar se admite sólo como posible (voluntario)”8, como existe una sociedad perfecta, lo cual expresa algo que es pensado como un juicio voluntario, pero como condición para llegar a la verdad. Estos suelen ser aceptados de momento con el único fin de hallar el camino
6 Idem 7 Idem, p.68 8 idem
a la verdad, expresa sólo la posibilidad lógica. Los juicios asertóricos son aquellos que son considerados como reales (verdaderos) y se advierte en ellos la necesidad, como los metales se dilatan por el calor. Los juicios apodícticos son los que expresan necesidad lógica, que están de acuerdo con las leyes del entendimiento, como afirmando a priori. Por ejemplo: “Para que los metales se dilaten es necesario que exista una aceleración cinética de sus moléculas”.
Las categorías a priori son funciones del entendimiento que permiten al ser humano captar las cosas. De esta manera la universalidad, la necesidad, la causalidad y la sustancia son leyes del espíritu más no leyes de las cosas; no es el objeto el que rige al sujeto sino que el sujeto es quien actúa sobre el objeto generándolo en sus estructuras a priori.
Por un lado es necesario el dato empírico en tanto materia del conocimiento; sin embargo, lo determinante son las categorías del entendimiento como formas del conocimiento. En este sentido, la objetividad de le ciencia radica, entre otros aspectos, en la estructuración que las categorías permiten hacer con los datos por los cuales se obtiene la universalidad, la validez para cualquier espíritu humano.
La ciencia se constituye por la implantación de las categorías a priori, pero como productos necesarios de la forma humana del conocimiento. De esta manera, Kant dice que el modo de proceder del entendimiento es “…primero se juzga algo problemáticamente, luego se admite asertóricamente y por último se afirman como enlazado inseparablemente con el entendimiento, como necesario y apodíctico…”